11/09/2017
Tegucigalpa,
Honduras - Autoridades de la Alcaldía Municipal reactivarán el próximo 15 de
septiembre, por 12 horas, la ordenanza que prohíbe la venta de bebidas
alcohólicas en el Distrito Central (DC), con el fin de que los desfiles
alusivos a las fiestas patrias se desarrollen en orden y tranquilidad.
Así
lo anunció el vicealcalde, Juan Carlos García, quien explicó que la denominada
“ley seca” se mantendrá vigente el viernes en un horario de 6:00 de la mañana a
6:00 de la tarde, por lo que los negocios deberán acatar la disposición del
gobierno local y contribuir para que las actividades de la independencia se desarrollen
sin incidentes.
La
Corporación Municipal está dando seguimiento a esta ordenanza que prohíbe el expendio
de licor en el municipio, “para que tengamos unas celebraciones patrias con
civismo y en buena armonía con los ciudadanos de la capital” y quien incumpla
será sancionado con una multa de cinco mil lempiras, argumentó.
Ese
día los inspectores del Juzgado de Policía formarán equipos de trabajo para
ejecutar supervisiones en los negocios, para hacer prevalecer la prohibición
emanada de los corporativos, aseguró por su lado el jefe de operaciones de esa
dependencia de la comuna, Marvin Cruz.
La
normativa local establece que el 15 de septiembre queda terminantemente
prohibida la venta, distribución, y consumo de bebidas embriagantes en lugares
públicos, zonas urbanas, suburbanas y aldeas del DC.
Asimismo,
propietarios o administradores de supermercados, restaurantes, pulperías,
mercaditos, casetas, merenderos, cafeterías y tiendas de conveniencia, entre
otros negocios, deberán advertir a la población mediante un rótulo con la
leyenda “prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes por motivo de ley
seca”.
Entre
tanto, los bares, expendios de aguardiente, estancos y depósitos, deberán
permanecer cerrados el tiempo que dure la “ley seca”.
De
acuerdo al artículo 132 de la Ley de Policía y Convivencia Social, el
incumplimiento de la ordenanza será considerado como una falta grave y dará
lugar a la aplicación de una multa entre 501 y cinco mil lempiras, sin
perjuicio de que la autoridad competente proceda al cierre del negocio y al
decomiso del producto. (GCI/AMDC).