Viernes 12 de mayo de 2017
Tegucigalpa, Honduras - El Movimiento
Mundial por la Infancia Capítulo de Honduras (MMI-Honduras), expresa su
preocupación por posibles retrocesos en materia de derechos de la niñez en
Honduras frente a la iniciativa de crear una comisión que analizará el sistema
de detención de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley.
Reducir la edad responsabilidad penal o
buscar que los niños y niñas menores de 18 años sean tratados como adultos con
el argumento de que son los principales responsables de la criminalidad en el
país va en contravía de la realidad: en efecto, solo 3% de la población
carcelaria corresponde a menores de edad, lo que es un indicador de la baja participación
de niños y niñas en infracciones penales.
La mitad de adolescentes entre 12 y
14 años y 70% de adolescentes entre 15 y 17 años no asiste a la escuela. La
tasa específica de homicidios en la niñez fue 11.6 homicidios por cada cien mil
habitantes menores de 18 años en 2015, mientras la prevalencia de violencia sexual
fue de 7.8%, la más alta de Centroamérica. Por lo mismo, son necesarias medidas
que aborden la problemática de manera estructural, incluidas las medidas que
busquen rehabilitar a las y los adolescentes en conflicto con la Ley.
El Comité de Derechos del Niño de Naciones
Unidas, en su Observación General Número 10 de 2007 sobre justicia especial, es
muy claro en afirmar que en todo lo relativo a la justicia de niñas y niños, el
principio del interés superior del niño debe ser una consideración primordial.
Tal y como lo afirma el Comité,
“la protección del interés superior del niño significa, por ejemplo, que
los tradicionales objetivos de la justicia penal, a saber, represión y castigo,
deben ser sustituidos por los de rehabilitación y justicia restaurativa cuando
se trate de menores infractores. Esto
puede realizarse al mismo tiempo que se presta atención a una efectiva
seguridad pública”.
El MMI en Honduras expresa su voluntad de
apoyar al Estado y a la sociedad para desarrollar las capacidades del sistema
de justicia penal especial, a fin de que pueda mejorar sus niveles de
eficiencia, eficacia y calidad en la aplicación de la justicia, garantizando el
interés superior del niño y el debido proceso, de acuerdo a los estándares
internacionales de derechos humanos de niños y niñas.
Con claridad lo expresó la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos en su informe de
Diciembre de 2015que cuando los niños y adolescentes cometan actos contrarios a
la ley penal se deben fortalecer las medidas de prevención así como el objetivo
rehabilitador y de reinserción social, lo cual implica incrementar y fortalecer
las medidas socio-educativas no privativas de la libertad de base comunitaria.
El MMI se permite hacer las siguientes
recomendaciones:
Establecer un Sistema Nacional y Local de
Promoción y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, que
estimule y fortalezca la articulación de distintos actores y sectores, con
roles y competencias que potencien la respuesta hacia niñas y niños.
Crear o generar progresivamente los
espacios y programas de justicia restaurativa como mecanismos alternativos de
solución a los conflictos entre las partes intervinientes en el Sistema
Especial de Justicia para la Niñez Infractora de la Ley.
Promover programas de capacitación
continua sobre la reforma integral al Código de la Niñez y la Adolescencia, con
énfasis en la justicia restaurativa, para funcionarias y funcionarios
vinculados al Sistema Especial de Justicia para la Niñez Infractora, instituciones
estatales, organizaciones no gubernamentales y otros actores con interés
legítimo en la aplicación de ese principio.
Asegurar que toda niña o niño privado de
libertad esté separado de las personas adultas, particularmente en aquellos
lugares donde no existen Juzgados de Letras de la Niñez, y que toda adolescente
que alcance los dieciocho (18) años de edad, esté separado de los menores de
esa edad.
Asegurar que la ejecución de la sanción
de toda niña o niño infractor de la ley penal transcurra en programas, lugares
e instituciones ubicados lo más cerca posible de su lugar de residencia
habitual.
Asumir el cumplimiento de los compromisos
y obligaciones internacionales de respeto, protección y garantía de los
derechos humanos de niñas y niños infractores de la ley penal, desde su
aprehensión o detención hasta que se dicte sanción en su contra, sobre la base
de que las niñas y los niños son sujetos de derecho.
Asegurar que las medidas privativas de
libertad sean el último recurso, tal y como establecido en la Convención sobre
los derechos del niño.
Finalmente, solicitar que el Movimiento
Mundial por la Infancia y UNICEF puedan ser invitados a colaborar técnicamente
con la Comisión Multidisciplinaria que analizará los temas de justicia penal
especial.