Martes 07 de abril de 2015 – 07:20 PM
Tegucigalpa, Honduras - El Congreso Nacional declaró
fuera de orden una moción de reconsideración al punto de acta de la sesión
donde se aprobó en tercer y último debate, un contrato para la recolección y
manejo de desechos sólidos suscrito entre la municipalidad de San Pedro Sula y
el consorcio Holding Electric Centroamericana.
La moción fue presentada por la diputada del Partido
Anticorrupción (PAC), Fátima Mena, pero la misma fue declarada fuera de orden
en vista que existe una sentencia judicial que obliga a la municipalidad de San
Pedro Sula a cumplir el contrato y porque un contrato que ya fue aprobado no
puede ser improbado.
Según una resolución del Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de San Pedro Sula, la municipalidad debe pagar una indemnización
superior a los seis millones de dólares a Holding Electric, pero adicionalmente
debe firmar el contrato para que la empresa inicie operaciones de recolección
de desechos sólidos.
Ese contrato tenía que ser aprobado por
el Congreso Nacional, debido a que la prestación de servicios trasciende más de
un periodo municipal.
El presidente de la comisión de asuntos municipales
que dictaminó el contrato, diputado de la Unificación Democrática (UD) por
Cortés, Edwin Pavón, explicó que el contrato data desde 2001 y existe una
sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), otorgándole la adjudicación a
Holding Electric Centroamericana.
Advirtió que un contrato aprobado no puede ser
improbado porque el país se expone a una demanda internacional que sería
fácilmente ganada.
Asimismo, intervino el veterano diputado Oswaldo
Ramos Soto, quien también advirtió que existe un fallo judicial a favor de la
empresa y obliga a la alcaldía sampedrana a cumplir con el contrato que fue
mandado al Congreso Nacional porque trasciende el período de la actual
administración.
Por su lado, el vicepresidente de la Cámara
Legislativa, Antonio Rivera Callejas, citó varios artículos de la Ley Orgánica
del Congreso Nacional donde se establece que no puede haber reconsideración al
punto de acta pues el contrato fue aprobado en tres debates y no hubo dispensa
de debates por lo que los diputados tuvieron tiempo suficiente para analizarlo.
Asimismo, dejó claro que una enmienda o
reconsideración al acta, según el párrafo segundo del artículo 61 de la Ley
Orgánica, sólo es para cuando se falta a la verdad de lay o cuando hay errores
de redacción.
Bajo esos sólidos argumentos, la presidenta en
funciones Lena Gutiérrez, declaró fuera de orden la moción de reconsideración
al punto de acta.
En la sesión de este martes, se aprobaron en primero
y segundo debate, varios proyectos de generación eléctrica y de supervisión de
reparación y pavimentación de tramos carreteros.
Además, se aprobaron en segundo debate los artículos
20 y 21 de la Ley del Sistema de Pagos y Liquidación de Valores.
La presidenta Lena Gutiérrez suspendió la sesión y
convocó para una nueva reunión mañana miércoles a las 3:00 de la tarde.