Viernes
10 de abril de 2015 – 07:10 PM
El Presidente,
Diputados y Diputadas al Congreso Nacional de la República:
Considerando: Que el día de hoy 10 de
abril, en la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, falleció
trágicamente el Honorable Diputado, don JOSÉ
EDUARDO DE JESÚS GAUGGEL MEDINA.
Considerando: Que el Honorable Diputado, don JOSÉ EDUARDO DE JESÚS GAUGGEL MEDINA, fungió
como Diputado Propietario, representando al Partido Liberal ante el Congreso
Nacional de la República por el Departamento de Copán, Presidente de la
Comisión de Agricultura y Ganadería y miembro de las Comisiones de Defensa y
Soberanía y de la de Modernización y Comunicación Institucional. Conspicuo
líder de la Bancada Parlamentaria de su Instituto Político.
Considerando: Que en vida el Honorable Diputado, don JOSÉ EDUARDO DE JESÚS GAUGGEL MEDINA, fue
una persona ejemplar, virtuosa, con principios morales que le granjearon el
respeto y reconocimiento de su familia y de sus compañeros de la Cámara
Legislativa.
POR
TANTO
El
Congreso Nacional de la República
ACUERDA
Primero: Reconocer los
méritos y virtudes que a través de sus acciones evidenció el connotado ciudadano,
Honorable Diputado, don JOSÉ EDUARDO DE
JESÚS GAUGGEL MEDINA, por cuyo deceso, los integrantes del Congreso
Nacional de Honduras, guardan y hacen público, a través del presente Acuerdo de Duelo, sus solidarias y
sentidas muestras de pesar.
Segundo: Decretar tres
días de duelo sin suspensión de labores y hacer acto de presencia en sus honras
fúnebres.
Tercero: Dar lectura y hacer entrega del
presente Acuerdo de Duelo a su honorable familia y difundirlo por los distintos
medios de comunicación del país.
Dado en la ciudad de
Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diez días del mes de abril
del dos mil quince.
MAURICIO OLIVA HERRERA MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ