Martes
17 de marzo de 2015 – 02:00 PM
Tegucigalpa, Honduras - La
Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) por este medio ordena a cada
propietario, tenedor, arrendador o persona que a cualquier título ostente la
posesión, el uso o goce de solares baldíos, proceder de inmediato a cortar toda
clase de maleza, desmontar cualquier construcción que por su deterioro normal o
accidental ponga en riesgo la vida o seguridad de personas o bienes, ya sean
muebles o inmuebles, así como limpiarlos y cercarlos.
El
desmontado de construcciones y corte de todo tipo de maleza en solares baldíos
es de cumplimiento obligatorio, en virtud de que la misma, así como el material
de desecho acumulado que puede producir incendios y riesgos para a la seguridad
ciudadana, el peligro de ocasionar daños a la salud y desastres naturales. El
cercado deberá realizarse con materiales que eviten el depósito y acumulación
de agua, basura u otros desperdicios, cuyos diseños deberán hacerse de costo
mínimo aceptable para el cumplimiento de la Ordenanza; no deberá construirse con
alambre de púas y se requerirá su terminación a más tardar treinta días
posteriores a la vigencia de esta legislación.
A
quienes no cumplan con las disposiciones establecidas se les aplicará una multa
de DOS MIL (L. 2,000.00) a DIEZ MIL LEMPIRAS (L.10,000.00); además, se hará el
corte y limpieza correspondiente, para lo cual la municipalidad cobrará el costo directo o indirecto por la prestación del servicio.
Asimismo,
queda terminantemente prohibido hacer quemas de monte, maleza, arbustos o
árboles, depósitos y quema de basura, residuos o cualquier otra edificación o
elemento en solares o terrenos de propiedad privada, ya sea para siembra o para
limpieza de los mismos, pues el propietario, tenedor, arrendador o persona que
a cualquier título ostente la posesión, el uso o goce de dichos inmuebles de
manera solidaria con las personas que ejecuten tales actos, serán objeto de una
multa de DOS MIL (L.2,000.00) a DIEZ MIL
LEMPIRAS (L.10,000.00), sin menoscabo de entablar las acciones penales
correspondientes por tratarse de un delito de desobediencia en perjuicio
de la administración pública.