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Convenio para el desarrollo de la vivienda entre el Gobierno por medio de CONVIVIENDA y banco Atlántida

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Miércoles 08 de octubre de 2014 – 11:30 AM


Tegucigalpa, Honduras
ANTECEDENTES

CONSIDERANDO Que la Constitución de la República de Honduras reconoce el derecho de vivienda digna para todo hondureño, asimismo, se ordena que El Estado formulara y ejecutará programas de vivienda de interés social.

CONSIDERANDO Que el Estado debe promover, apoyar y regular la creación de sistemas y mecanismos para la utilización de los recursos internos y externos a ser canalizados hacia la solución del problema habitacional y que los créditos y préstamos internos o externos que el Estado obtenga para fines de vivienda deberán ser en beneficio del usuario final del crédito, todo con el fin de garantizar el bien común de su población;

CONSIDERANDO Que existe la necesidad de promover las regulaciones apropiadas para fomentar y estimular la accesibilidad a los créditos de vivienda;

CONSIDERANDO Que las facilidades que un Estado pueda brindar a sus ciudadanos para obtener una vivienda

CONSIDERANDO Que una vivienda digna coadyuva a incrementar el desarrollo humano y social del país; evitando enfermedades y protegiendo la salud de todos los miembros de la familia que habitan en ella;

CONSIDERANDO  Que existe un déficit habitacional en Honduras de más de un millón de viviendas;

CONSIDERANDO que el Estado de Honduras a través del Poder Ejecutivo ha creado la Comisión Nacional de Vivienda (CONVIVIENDA) con el fin de definir las políticas públicas, la simplificación de los procedimientos y crear los mecanismos idóneos para favorecer a miles de hondureños para que puedan adquirir su vivienda; y
CONSIDERANDO que Banco Atlántida, S.A. como institución financiera socialmente responsable con más de 100 años operando en Honduras, ha manifestado su voluntad y firme interés de cooperar con el Pueblo y Gobierno de la República para que logre su cometido en materia vivienda digna para todo hondureño;

COMPARECEN, El Estado de Honduras a través de CONVIVIENDA representado por el Comisionado Presidente Sergio Amaya  y el Banco Atlántida, S.A. representado por su Vicepresidente de Vivienda Mario Andino, y el Presidente de la Republica Juan Orlando Hernandez en condición de testigo, a suscribir el presente Convenio al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto promover la coordinación, promoción y desarrollo de viviendas familiares y multifamiliares en los sectores en donde se identifique la necesidad emergente, especialmente los sectores más vulnerables de la población con el fin de fortalecer el desarrollo humano y social del país; así como crear los mecanismos financieros adecuados y la regulación sectorial pertinente para que gran parte de la población pueda acceder al financiamiento y permitir el mejoramiento de vivienda, construcción progresiva, compra de soluciones habitaciones nuevas, esquema mixtos y demás existentes.

SEGUNDA.- El Estado a través de BANHPROVI se compromete a destinar los recursos a su alcance anualmente con el fin ser canalizados  hacia el financiamiento directo e intermediado de las viviendas y demás soluciones habitacionales. Impulsando en conjunto con Banco Atlántida, SA los estudios estadísticos pertinentes para determinar las zonas de mayor demanda habitacional en toda la República, concentrándose en los sectores y territorios más vulnerables y necesitados con el objeto de fortalecer el desarrollo social y económico del ciudadano. Definiendo de forma conjunta, en los próximos sesenta (60) días, el diseño y mecanismo de implementación de al menos dos proyectos de viviendas familiares y multifamiliares así como, zonas adyacentes de empleo y comercio que habrán oportunidades trabajo para los ciudadanos que residirán en estas viviendas.   

TERCERO.- EL Gobierno a través de CONVIVIENDA   se compromete a promover las Políticas Publicas y la regulación financiera necesaria para crear los productos financieros que permitan a las instituciones públicas y a las instituciones financieras reguladas, incrementar la  accesibilidad de la población a la vivienda, incluyendo los préstamos, los créditos al sector construcción, al desarrollador, microcréditos y créditos hipotecarios a las familias que deseen optar por su vivienda familiar o  multifamiliar.

La Comisión Nacional de Vivienda CONVIVIENDA gestionará y coordinará la Ventanilla Unica creada mediante Decreto Ejecutivo número XXXX publicado en el Diario Oficial La Gaceta…en la que se facilitaran los tramites de los proyectos que desarrollen coordinadamente los suscriptores de este Convenio, así como los demás mecanismo que hagan accesible el crédito para soluciones habitacionales. Debiendo implementarse las regulaciones necesarias en el sector financiero que incentive y promueva el financiamiento de las soluciones habitacionales, procurando la reducción de los distintos riesgos a las instituciones financieras que participen en este tipo de programas.

QUINTO.- El Banco Atlántida, S.A. manifiesta que es su voluntad cooperar activamente y crear una sinergia para lograr que el sector de personas que actualmente no puede optar a los préstamos hipotecarios incremente, y por lo anterior procederá a crear productos financieros enfocados al desarrollo de viviendas familiares y multifamiliares, así como de empleo y comercio que habrán oportunidades trabajo para los ciudadanos. Lo anterior, con el fin de estructurar un proceso idóneo, ágil y práctico para atender a la población que no posee vivienda.

SEXTO.- Ambas partes manifiestan que procederán a crear uno o varios Comité de Expertos con el fin de estructurar, coordinar y desarrollar todas las acciones públicas y privadas, estrategias técnicas necesarias y requeridas para lograr el objeto de éste Convenio y que así las familias que actualmente no pueden optar al financiamiento de una vivienda, gradual y constantemente logren incorporarse al Sistema de Soluciones Habitaciones, optando a financiamientos a través de mecanismos agiles,   equitativos y accesibles con el apoyo del Gobierno de la Republica y Banco Atlántida, SA., en esta primera etapa.

SÉPTIMO.- Ambas partes ratifican la trascendencia de la firma que conlleva éste Convenio, y la trascendencia que significa su implementación para el futuro de Honduras, dado que la familia es el pilar de toda sociedad, y en consecuencia toda familia debe de tener, al menos, la oportunidad de poder acceder a una solución habitacional digna con un financiamiento ecuánime ajustado a su presupuesto.


En fe de lo anterior, firmamos el presente Convenio en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a los xx días del mes de agosto de 2014.



                                             LIC.MARIO ANDINO
VICEPRESIDENTE  VIVIENDA  DE BANCO ATLANTIDA


ING. SERGIO AMAYA
COMISIONADO PRESIDENTE DE CONVIVIENDA

  
ABOG. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
TESTIGO DE HONOR

  
LIC. GUILLERMO BUESO A.
PRESIDENTE  BANCO ATLANTIDA
TESTIGO DE HONOR






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