Miércoles 08 de octubre de 2014 – 11:30 AM
Tegucigalpa, Honduras
ANTECEDENTES
CONSIDERANDO Que la Constitución
de la República de Honduras reconoce el derecho de vivienda digna para
todo hondureño, asimismo, se ordena que El Estado formulara y ejecutará
programas de vivienda de interés social.
CONSIDERANDO Que el Estado debe
promover, apoyar y regular la creación de sistemas y mecanismos para la
utilización de los recursos internos y externos a ser canalizados hacia la
solución del problema habitacional y que los créditos y préstamos internos o
externos que el Estado obtenga para fines de vivienda deberán ser en beneficio
del usuario final del crédito, todo con el fin de garantizar el bien común de
su población;
CONSIDERANDO Que existe la
necesidad de promover las regulaciones apropiadas para fomentar y estimular la
accesibilidad a los créditos de vivienda;
CONSIDERANDO Que las facilidades
que un Estado pueda brindar a sus ciudadanos para obtener una vivienda
CONSIDERANDO Que una vivienda
digna coadyuva a incrementar el desarrollo humano y social del país; evitando enfermedades
y protegiendo la salud de todos los miembros de la familia que habitan en ella;
CONSIDERANDO Que existe un déficit habitacional en Honduras de más de un millón de viviendas;
CONSIDERANDO que el Estado de
Honduras a través del Poder Ejecutivo ha creado la Comisión Nacional de Vivienda (CONVIVIENDA) con el fin de definir
las políticas públicas, la simplificación de los procedimientos y crear los
mecanismos idóneos para favorecer a miles de hondureños para que puedan
adquirir su vivienda; y
CONSIDERANDO que Banco Atlántida,
S.A. como institución financiera socialmente responsable con más de 100 años
operando en Honduras, ha manifestado su voluntad y firme interés de cooperar
con el Pueblo y Gobierno de la República para que logre su cometido en materia
vivienda digna para todo hondureño;
COMPARECEN, El Estado de
Honduras a través de CONVIVIENDA representado por el Comisionado Presidente
Sergio Amaya y el Banco Atlántida, S.A. representado por
su Vicepresidente de Vivienda Mario Andino, y el Presidente de la Republica Juan Orlando Hernandez en condición de
testigo, a suscribir el presente Convenio al tenor de las siguientes
cláusulas:
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto promover la
coordinación, promoción y desarrollo de viviendas familiares y multifamiliares
en los sectores en donde se identifique la necesidad emergente, especialmente
los sectores más vulnerables de la población con el fin de fortalecer el
desarrollo humano y social del país; así como crear los mecanismos financieros adecuados
y la regulación sectorial pertinente para que gran parte de la población pueda
acceder al financiamiento y permitir el mejoramiento de vivienda, construcción
progresiva, compra de soluciones habitaciones nuevas, esquema mixtos y demás
existentes.
SEGUNDA.- El Estado a través de BANHPROVI
se compromete a destinar los recursos a su alcance anualmente con el fin ser canalizados
hacia el financiamiento directo e
intermediado de las viviendas y demás soluciones habitacionales. Impulsando en
conjunto con Banco Atlántida, SA los
estudios estadísticos pertinentes para determinar las zonas de mayor demanda
habitacional en toda la República, concentrándose en los sectores y territorios
más vulnerables y necesitados con el objeto de fortalecer el desarrollo social
y económico del ciudadano. Definiendo de forma conjunta, en los próximos
sesenta (60) días, el diseño y mecanismo de implementación de al menos dos
proyectos de viviendas familiares y multifamiliares así como, zonas adyacentes
de empleo y comercio que habrán oportunidades trabajo para los ciudadanos que
residirán en estas viviendas.
TERCERO.- EL Gobierno a través de CONVIVIENDA se
compromete a promover las Políticas
Publicas y la regulación financiera necesaria para crear los productos
financieros que permitan a las instituciones públicas y a las instituciones financieras
reguladas, incrementar la accesibilidad
de la población a la vivienda, incluyendo los préstamos, los créditos al sector
construcción, al desarrollador, microcréditos y créditos hipotecarios a las
familias que deseen optar por su vivienda familiar o multifamiliar.
La
Comisión Nacional de Vivienda CONVIVIENDA gestionará y coordinará
la Ventanilla Unica creada mediante Decreto Ejecutivo número XXXX publicado en
el Diario Oficial La Gaceta…en la que se facilitaran los tramites de los
proyectos que desarrollen coordinadamente los suscriptores de este Convenio,
así como los demás mecanismo que hagan accesible el crédito para soluciones
habitacionales. Debiendo implementarse las regulaciones necesarias en el sector
financiero que incentive y promueva el financiamiento de las soluciones
habitacionales, procurando la reducción de los distintos riesgos a las instituciones
financieras que participen en este tipo de programas.
QUINTO.- El Banco Atlántida,
S.A. manifiesta que es su voluntad cooperar activamente y crear una sinergia
para lograr que el sector de personas que actualmente no puede optar a los
préstamos hipotecarios incremente, y por lo anterior procederá a crear
productos financieros enfocados al desarrollo de viviendas familiares y
multifamiliares, así como de empleo y comercio que habrán oportunidades trabajo
para los ciudadanos. Lo anterior, con el fin de estructurar un proceso idóneo,
ágil y práctico para atender a la población que no posee vivienda.
SEXTO.-
Ambas partes manifiestan que procederán a crear uno o varios Comité de Expertos
con el fin de estructurar, coordinar y desarrollar todas las acciones públicas
y privadas, estrategias técnicas necesarias y requeridas para lograr el objeto
de éste Convenio y que así las familias que actualmente no pueden optar al
financiamiento de una vivienda, gradual y constantemente logren incorporarse al
Sistema de Soluciones Habitaciones, optando a financiamientos a través de mecanismos
agiles, equitativos y accesibles con el apoyo del
Gobierno de la Republica y Banco Atlántida, SA., en esta primera etapa.
SÉPTIMO.-
Ambas partes ratifican la trascendencia de la firma que conlleva éste Convenio,
y la trascendencia que significa su implementación para el futuro de Honduras,
dado que la familia es el pilar de toda sociedad, y en consecuencia toda
familia debe de tener, al menos, la oportunidad de poder acceder a una solución
habitacional digna con un financiamiento ecuánime ajustado a su presupuesto.
En fe de lo anterior, firmamos el presente Convenio
en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a los xx días del mes de agosto de 2014.
LIC.MARIO
ANDINO
VICEPRESIDENTE VIVIENDA DE BANCO ATLANTIDA
ING. SERGIO AMAYA
COMISIONADO PRESIDENTE DE CONVIVIENDA
ABOG. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
TESTIGO DE HONOR
LIC. GUILLERMO BUESO A.
PRESIDENTE
BANCO ATLANTIDA
TESTIGO DE HONOR