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ENP si está facultada para suscribir Contratos de Fideicomiso afirma el MP

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Viernes 26 de septiembre de 2014 – 06:00 PM

Tegucigalpa, Honduras - La Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución emitió en las últimas horas un dictamen en el que se considera constitucional la suscripción de Contratos de Fideicomisos entre la Empresa Nacional Portuaria (ENP) y terceros, en virtud del Recurso de Inconstitucionalidad presentado por el Sindicato de Trabajadores de  la ENP contra el decreto 82-2012, contentivo del Contrato de Fideicomiso para la Estructuración, Desarrollo y Financiamiento de la Terminal Especializada en Contenedores y Carga General de Puerto Cortés y del Contrato de Fideicomiso para Estructuración, Desarrollo y Operación de la Terminal de Gráneles de Puerto Cortés.

Para el Ministerio Público, el decreto 82-2012 no vulnera garantías constitucionales, ya que la ley constitutiva de la ENP contempla que ésta podrá, en cuales quiera de los puertos bajo su jurisdicción, celebrar contratos con terceras personas en los términos que se consideran más adecuados ya sea para que se realicen total o parcialmente los servicios que se requieran.

En ese contexto, la Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución es del criterio que este decreto va en consonancia con la propia normativa de la ENP, que desde el momento de su concepción, previó la posibilidad de conceder a terceros, la realización de actividades, siempre y cuando esto no implique una supresión de la ENP, que era el alegato de los impetrantes.         


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