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(EDITORIAL): ¿Derecho a comer en el cine?

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Fuente: Difusión


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Ayer, Indecopi tomó una decisión insólita. El organismo regulador encargado de velar por la libre competencia y –en teoría– por la defensa de los derechos del consumidor, sancionó con una amonestación a las cadenas Cinemark y Cineplanet por no permitir que sus clientes ingresen a las salas de cine con alimentos comprados fuera de sus locales. Según Indecopi, esta prohibición viola “el derecho de los consumidores de poder adquirir los productos que mejor le parezcan en el lugar que determine libremente”.

Aunque no tenemos la menor duda de que las personas deben tener el derecho de adquirir los alimentos que mejor les parezca en los lugares en los que determinen libremente, lo cierto es que Indecopi ha malentendido por completo lo que significa la libertad. Es decir, uno debe ser libre de comprar donde se le venga en gana los alimentos que desee consumir, pero no tiene ningún derecho a ingresar con esos mismos alimentos a la propiedad privada de otro. Uno tiene derecho a elegir libremente dónde comprar sus alimentos, pero no a obligar a otros a que te dejen comer en su propiedad. Mientras que lo primero es un derecho, lo segundo es una violación de los derechos de otra persona y es por ello que la decisión de Indecopi es lamentable y condenable.

Ahora bien, es cierto que uno no va a poder ingresar con cualquier alimento al cine, sino solo con aquellos que también sean expendidos por las cadenas de cine. En otras palabras, popcorn, chocolates, gaseosas y demás. El razonamiento de Indecopi es que, si ya se permite que las personas consuman esos alimentos, entonces los clientes deberían poder elegir dónde quieren comprar estos alimentos. La prohibición de cadenas como Cineplanet y Cinemark estaría injustificada porque la venta de alimentos sería una actividad secundaria y no su actividad principal. En ese sentido, a diferencia de los restaurantes que pueden prohibir el ingreso de comida, las cadenas de cine tendrían que verse obligadas a permitirlo.

Este argumento, evidentemente, no cambia el hecho de que los dueños de un local tienen el derecho de restringir qué alimentos se puede consumir en su propiedad en base a su procedencia. Sin embargo, debemos agregar algo más: es un argumento absolutamente arbitrario y caprichoso por parte de Indecopi. Actualmente, la venta de alimentos y golosinas representa el 40% de los ingresos de Cineplanet y el 35% de los de Cinemark, por lo que ambas son tanto empresas de entretenimiento como de venta de comidas. Decir que son principalmente empresas de entretenimiento y alegar que por eso no pueden prohibir que alguien consuma otros alimentos en sus locales como sí está permitido para los restaurantes es absolutamente arbitrario.

Ahora que esta decisión está tomada, quedará observar cómo es que las cadenas de cine reaccionarán para minimizar las pérdidas en sus ingresos que tendrán por la menor venta de alimentos. Un escenario muy probable es que las empresas de cine reaccionen aumentando los precios de las taquillas, lo que a diferencia de los precios altos de los alimentos no solo afecta a quienes quieren pagar estos alimentos a precios altos, sino incluso a los que solo quieren ver películas. De esta manera, por este supuesto derecho a comer lo que quieras en la propiedad de otro, todos terminaremos pagando entradas más caras.

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