Miércoles
24 de junio de 2015 – 09:30 AM
Tegucigalpa,
Honduras - Agentes de Tribunales asignados a la Fiscalía Especial Contra el
Crimen Organizado fueron notificados en las últimas horas acerca de la
resolución de la Corte de Apelaciones competente, ligada a la interposición de
dos Recursos de Apelación por parte de los apoderados legales de los
señores Ena Elizabeth Hernández y José Miguel Handal Larach, a quienes,
el Ministerio Público les sigue un proceso por el delito de Lavado de Activos.
En
ese sentido, la Defensa de ambos imputados presentó las acciones contra el Auto
de de Formal Procesamiento que en el momento procesal oportuno les dictó un
Tribunal de Primera Instancia, no obstante, la Corte de Apelaciones se
pronunció declarando sin lugar los mismos, estableciendo en su resolución
criterios como los siguientes: “las pruebas presentadas acreditan la
mínima actividad probatoria que la normativa exige en esa etapa procesal, en
donde es importante apuntar que es un juicio de probabilidad” en relación a lo
actuado por el Ministerio Público.
Prosigue,
“ Asimismo la prueba presentada por la Defensa en manera alguna desvirtúa los
indicios y prueba mínima presentada por el Ente Fiscal y que sostiene en esta
etapa el auto de formal procesamiento". La parte Dispositiva de la
Resolución Judicial detalla: “Esta Corte de Apelaciones de lo Penal, ejerciendo
la potestad emanada del pueblo de impartir justicia de forma gratuita en nombre
del Estado de Honduras, por UNANIMIDAD DE VOTOS, RESUELVE: 1.- Declarar No Ha
Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensa Privada de la señora
ENA ELIZABETH HERNANDEZ. 2.- Declarar No Ha Lugar el Recurso de Apelación
interpuesto por la Defensa Privada del señor JOSE MIGUEL HANDAL LARACH contra
la resolución dictada en Audiencia Inicial. 3.- Confirmar la resolución
apelada.