Martes
14 de abril de 2015 – 07:00 PM
Tegucigalpa,
Honduras - A continuación comunicado del
Ministerio Público con relación al asesinato de la abogada Sara Lorena Torres:
1.
Que en relación a los hechos que se investigan vinculados con la muerte de la
abogada Sara Lorena Turcios, hecho violento que se produjo el pasado domingo 22
de marzo, en su casa de habitación ubicada en la colonia Godoy de Comayagüela,
fiscales del Ministerio Público presentaron en las últimas horas dos
Requerimientos Fiscales contra dos menores de edad, a quienes la Fiscalía
supone responsables de los delitos de Parricidio y Asesinato respectivamente.
2. La Unidad de Muertes de Alto Impacto, en un esfuerzo conjunto con los demás
entes de investigación, lograron suficientes indicios para que, bajo el procedimiento
especial que la Ley señala en materia de niños y niñas en conflicto con la Ley,
la nieta de la occisa y su novio fueran presentados a una jurisdicción
especial, en el caso de la menor por el delito de parricidio y en el caso
del joven por el delito de asesinato.
3.
En ese sentido, el Ministerio Público, continuará el procedimiento especial, el
cual, en su primera etapa contempla la Audiencia de Vinculación de proceso
durante la cual el Ministerio Público pretende dejar vinculados a ambos jóvenes.
Uno de ellos por la infracción penal de Parricidio y el otro por la infracción
penal de Asesinato en perjuicio de la profesional del Derecho. La Fiscalía
solicitará como medida cautelar la detención cautelar en un centro pedagógico
mientras se llega a la etapa de Juicio Oral y Público.
4. Ambos menores, de 15 años, fueron aprehendidos en las últimas horas, en el
caso de la joven en su centro educativo escolar y en el caso del muchacho
mientras atendía un requerimiento de investigación propio del Ministerio
Público.
5. Cabe señalar que los investigadores lograron elementos probatorios que
llevaron al total esclarecimiento de los hechos encontrando como supuestos
responsables a estos dos menores de edad.
6. El Código Penal de Honduras, en los artículos 117 y 118 establece de forma
clara los presupuestos penales que deben concurrir para que se configuren tanto
el Asesinato como el Parricidio.