Miércoles 15 de abril de 2015 – 08:30 PM
Tegucigalpa, Honduras - En medio de un sonoro
aplauso, el Congreso Nacional aprobó por unanimidad este miércoles en tercer y
último debate los 70 artículos la Ley de Protección para los Defensores de
Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia,
con una gran participación en el debate de los diputados de todas las bancadas
que la ratificaron por una gran mayoría.
El proyecto fue ampliamente consensuado con todos
los sectores afectados con la ley por lo que la comisión dictaminadora ha hecho
un buen trabajo y ahora el dictamen está en manos de todos los diputados que
han tenido la oportunidad de estudiarlo bien.
Particularidades de la ley
En la sesión de este miércoles, una parte del
articulado se refiere a los convenios de cooperación y asistencia técnica y
financiera internacionales y de las organizaciones de sociedad civil que
trabajan en el tema de derechos humanos para fortalecer las instancias creadas
mediante la ley así como a la Secretaría de Seguridad.
También se refiere a la información reservada que se
contempla en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los
protocolos y reglamentos y el financiamiento del Sistema Nacional de Protección
que incluye a los grupos en situación de vulnerabilidad.
En el artículo 68 se crea un fondo especial para
protección proveniente de los fondos de la Tasa de Seguridad.
Asimismo, se aprobó el artículo 18, que había
quedado en suspenso y que se refiere a la alerta temprana cuando esté en
peligro un defensor de derechos humanos, un periodista, comunicador social u
operador de justicia así como grupos en situación de vulnerabilidad.
Igualmente, se introdujo un artículo transitorio que
tiene que ver con la representación de las asociaciones de jueces y magistrados
y la inclusión en la protección de fotógrafos y camarógrafos.
El dictamen original fue sustituido por uno nuevo ya
que el primer proyecto se tenía que modificar 53 artículos y se tornaba muy
tedioso ir cambiando artículo por artículo.
Según el presidente de la comisión dictaminadora,
Yuri Sabas destacó que es un tema que no se debe politizar por ni por la
derecha ni por la izquierda por lo tanto el factor ideológico en esta ley no
cabe.
La propuesta tiene una particularidad porque los
mismos periodistas serán parte de la solución, al contar con un representante
en el ente consultivo y que será vigilante que se presten las medidas de
protección, junto al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh).
La implementación de esta ley estará fundamentada en
la Constitución de la República y la normativa internacional de los derechos
humanos, en aplicación de los principios de buena fe, eficacia, idoneidad,
coordinación, concurrencia, voluntariedad, exclusividad, complementariedad,
prevención, temporalidad, causalidad, proporcionalidad, confidencialidad,
igualdad y respeto.
En el estamento, se establece que toda autoridad
civil, policial y militar, está obligada a proporcionar la información de forma
expedita y brindar toda la colaboración requerida por parte de las diversas
instancias encargadas del cumplimiento de la ley para la consecución de sus
fines.
En el decreto se crea el Consejo Nacional de
Protección para los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores
Sociales y Operadores de la Justicia, adscrito a la Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
El consejo estará integrado por una persona
representante propietaria y su suplente de las secretarías de Seguridad;
Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; Relaciones
Exteriores; Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; Ministerio Público;
Poder Judicial; Procuraduría General de la República; Colegio de Abogados de
Honduras; Colegio de Periodistas de Honduras, cinco representantes de las
organizaciones de derechos humanos de la sociedad civil.
Asimismo, se crean nuevas medidas de prevención,
protección y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad,
libertad y seguridad de las personas en situación de riesgo como consecuencia
de la promoción y defensa de los derechos humanos.
Se crea también la Dirección General de Mecanismos
de Protección y Análisis de Conflictos Sociales, que recibirá las denuncias de
riesgo que se promuevan directamente ante la Dirección General de Mecanismos de
Protección y Análisis de Conflictos Sociales de la Secretaría de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y tramitarla de conformidad
con esta ley.
Las personas beneficiarias en la ley que se
consideren víctimas de una situación de riesgo podrán denunciarlo ante
cualquier autoridad competente. Dicha autoridad podrá diferir el caso ante la
Secretaría de Seguridad o a la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia,
Gobernación y Descentralización para que resuelvan lo pertinente.
La Dirección General de Mecanismos de Protección y
Análisis de Conflictos Sociales podrá implementar medidas preventivas, de
protección y medidas urgentes de protección, entre otras.
En casos de peligro grave o inminente, se podrá
asignar equipo celular, radio o telefonía satelital, cámaras de video,
cerraduras, luces y otras, en el lugar de trabajo o de residencia.
Además, chalecos antibalas, detector de metales,
asignación de protección policial personal, de inmuebles y las necesarias para
salvaguardar la vida.
En casos extremos, la instancia mencionada podrá
determinar la evacuación inmediata, reubicación dentro o fuera de Honduras, ya
sea definitiva o temporal, entre otras medidas.
Sobre el tema presupuestario, el diputado Yuri
Sabas, explicó que en el Presupuesto General de la República de 2015, se asignó
una partida a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación
y Descentralización a fin de hacer funcional la ley.
Al final, la presidenta en funciones, Lena
Gutiérrez, felicitó a los diputados, a los miembros de la comisión
dictaminadora, comisión de estilo y las organizaciones que acompañaron el
proyecto y cuyos aportes quedaron plasmados en la ley.