06/08/2017
Tegucigalpa, Honduras - El Congreso Nacional aprobó
este miércoles con dispensa de un debate, un proyecto de ley dictaminado por
una comisión especial encabezada por el diputado Mario Alonso Pérez, orientado
a que 100 mil docentes jubilados y activos del Instituto de Previsión del
Magisterio (Inprema), puedan recibir los servicios médicos que presta el
Instituto Hondureño de Seguridad Social.
Con la ley actual un maestro que dejaba de laborar en
el sistema educativo y se jubilaba no podía asistir a recibir atención médica
en el Seguro Social, pero ahora esa situación se revierte y los docentes
jubilados ahora gozarán de los servicios de salud que presta el IHSS.
Cobertura obligatoria
El presidente de la comisión de dictamen, Mario Alonso
Pérez, recordó que la iniciativa busca darle cobertura de forma obligatoria a
18 mil maestros jubilados. El proyecto de ley contó con el respaldo de todas
las bancadas de la Cámara Legislativa.
Explicó que los maestros activos y jubilados pagarían
de sus pensiones y de sus sueldos un pequeño porcentaje en base a la ley, y
desde luego el Inprema pagará la mayor parte de la cuota para que todos tengan
la atención médica que necesitan con esa cobertura.
Mediante el decreto se reforma el artículo 48 de la
Ley del Instituto de Previsión del Magisterio para que los jubilados de esa
institución, del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los
Empleados y Pensionados del Poder Ejecutivo (Injupemp), del Instituto de
Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras (Inpreunah) y del Instituto Hondureño de Seguridad Social, de
conformidad a lo que establece la Ley Marco del Sistema de Protección Social,
deben gozar de la protección de los servicios del régimen del seguro de
atención de salud del IHSS.
Para ese efecto, el IHSS debe emitir la normativa que
contendrá las condiciones en que contendrán dichas prestaciones. Asimismo, los
institutos públicos antes relacionados, están obligados a aportar al Régimen
del Seguro de Atención a la Salud del Instituto Hondureño de Seguridad Social
(IHSS), conforme a los estudios actuariales que garanticen la sostenibilidad
actuarial y financiera de cada uno.
El director presidente del Inprema, Emilio Ernesto
Carías, amplió que cada docente pagará al mes el 3.5 por ciento de la pensión que
recibe. A su vez el Inprema aportará el 10.5 por ciento mensual y hará la
función del patrono.
"Si nosotros vemos la parte de pensión y vistas
las enfermedades que padecen, de la preexistencia de enfermedades de los
docentes jubilados y pensionados y por otro lado, lo que costaría un seguro en
una administradora de valores privada, no tendrían la posibilidad de poder
obtenerlo. Es así que se han hecho algunas encuestas con los jubilados y no
jubilados y la mayor parte desean su cobertura a través del Seguro
Social", detalló Carías.
Más contratación de médicos
Acotó que han sostenido una serie de pláticas con los
representantes del IHSS para poder hacer el convenio y atender mediante las
facilidades de infraestructura y de médicos, a los 18 mil maestros jubilados
que están en el Inprema.
Añadió que sienten que es una necesidad ya que los
mismos familiares de los jubilados en alguna medida no cuentan con los recursos
para poder hacer frente a las enfermedades, aunque eso no se podría hacer si no
se hubiera recuperado el Inprema en la parte actuarial y financiera en los
cinco años que la interventora ha estado administrando el Instituto de
Previsión del Magisterio.
La parte actuarial ha bajado de 79 mil millones de
lempiras a 16 mil 100 millones de lempiras y la parte de recursos totales ha
aumentado de 22 mil millones a 38 mil millones de lempiras, la parte
patrimonial se ha incrementado en más de 15 mil millones de lempiras y en la
parte de servicios financieros se han otorgado créditos que suman alrededor de
13 mil 500 millones de lempiras.
Indicó que el decreto está sujeto a los cálculos
actuariales que se hagan en la parte de no objeción por parte de la Comisión
Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
El IHSS ya atiende a los jubilados del Instituto de
Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo
(Injupemp), Lo anterior se hizo mediante un convenio en el que se hicieron
estudios actuariales y de suficiencia para garantizar la sostenibilidad de la
prestación de los servicios.
En la aprobación participaron el actuario del Inprema,
Marco Antonio Destephen, Raúl Alberto Zavala, Emilio Ernesto Carías, Bessy
Martínez y Giovanni Guifarro; Olivia Baldivieso, representante del Injupemp y
el presidente de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Injupemp, Norman
López y directivos de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del
Inprema..
Asimismo, los miembros de la Junta Interventora del
Seguro Social, Vilma Cecilia Morales Montalbán y Germán Leitzelar Vidaurreta,
quienes aseguraron que tienen la capacidad para absorber la atención de los
jubilados.
En el caso del Inprema demandará de la contratación de
mayor capital humano que permitirá que los recursos financien nueva
contratación de muchos médicos que no tienen una oportunidad de trabajo, y por
otra parte, poder dar la cobertura de servicios y beneficios que actualmente
apruebe el IHSS, para muchos maestros que lleguen en busca de atención médica,
detalló Pérez.
Justicia social
Los educadores jubilados cotizaron al IHSS todo el
tiempo que laboraron en el sistema de educación pública y ahora el derecho no
les asiste, por esa razón, en un acto de justicia social, las bancadas del
Congreso Nacional, aprobaron casi por unanimidad la iniciativa.
Todos los institutos previsionales públicos deben
afiliar a los participantes activos al régimen del seguro de atención a la
salud, cumpliendo con el pago de los aportes que fija la Ley del Seguro Social.
Excepcionalmente los participantes activos de los
Institutos públicos a que hace referencia el artículo anterior, deben realizar
un aporte extraordinario para garantizar la sostenibilidad del servicio al
momento de ser jubilados o pensionados por el sistema, lo anterior conforme lo
determinen los estudios actuariales y financieros de cada Institución.
Para gozar del beneficio de salud prestado por IHSS,
los jubilados y pensionados que actualmente gozan de una jubilación o pensión,
así como los institutos antes mencionados, deben aportar al Régimen del Seguro
de Atención a la Salud, de acuerdo a los estudios y reglamentación
establecida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social.
Los aportes o cotizaciones patronales y del
participante serán establecidos conforme lo que se determine en los estudios
actuariales y financieros correspondientes.
El IHSS debe emitir en un plazo de 20 días hábiles, a
partir de la vigencia de la presente ley, el reglamento correspondiente el cual
será puesto en conocimiento previo de los Institutos relacionados.
Los afiliados activos que tenga acceso a la atención medica
una vez que alcancen la condición de pensionados y/o jubilados y que no hayan
cumplido el tiempo mínimo de cotización establecido en los estudios actuariales
y financieros, seguirán cotizando sobre la base de su pensión o jubilación de
acuerdo al aporte establecido por el Seguro Social hasta cumplir el mínimo
requerido de cotización.